Gastos de hipoteca Te ayudamos a reclamar

¿porqué reclamar los gastos de hipoteca?  

 
Gastos hipoteca
Gastos hipoteca

Actualmente, ¿qué gastos puedo reclamar?

La Sentencia 705/2015 del Tribunal Supremo considera que el pago total de los gastos, comisiones y tributos que conlleva pedir una hipoteca al banco es abusivo para el consumidor, y considera que es injusto dado que no hay posibilidad de negociación de estos gastos. Por esto se declara la cláusula nula.
Los gastos de formalización de la hipoteca son los importes derivados del pago de notaría, gestoría, impuestos y tasación que pagaste cuando firmaste tu hipoteca, incluida la comisión de apertura, si la hubiera. La partida más controvertida era el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.  Por lo tanto, los gastos que podemos reclamar son:

1. Factura de la notaría correspondiente a la escritura de préstamo hipotecario.

2. Gastos de tasación de la vivienda.

3. Factura del registro de la propiedad por la inscripción de la hipoteca.

4. Gastos de gestoría, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el banco.

5. Gastos de comisión de apertura.

¿Qué documentación necesito para reclamar?

La documentación que necesitas para poder reclamar los gastos la hipoteca a tu banco es la siguiente:

Escritura de la Hipoteca
Factura de notario
Factura de la gestoría
Escritura de la tasación
Factura de los gastos de registro

Porqué reclamar con OP Abogados

Porque somos un despacho de profesionales especialistas en la reclamación de productos bancarios. Te informamos sin compromiso y te acompañamos hasta que recuperes tu dinero.
 
Además somos transparentes, y desde aquí te informamos de nuestros precios:
 

RECUPERACIÓN GASTOS FORMALIZACIÓN HIPOTECA:

  • Opción extrajudicial: (previsión de fondos abogado 150€ + IVA) + (variable del 10% de la cantidad conseguida)
  • Opción Judicial: (Previsión de fondos PROCURADOR 100€ + IVA) + (20% cantidad conseguida)

Dudas frecuentes

Y si he vendido mi vivienda o mi hipoteca ya está cancela ¿puedo reclamar estos gastos?

Efectivamente, quienes tengan o hayan tenido un préstamo hipotecario puede reclamar los gastos. En el mismo sentido indicamos que las personas que han vendido su vivienda o novado su hipoteca también pueden reclamar estos gastos.

¿Existe algún plazo para reclamar?

Hay que tener en cuenta que nos encontramos ante cláusulas que son nulas de pleno Derecho y, por tanto, en las que no prescribe la acción, es decir, en las que no existe ningún plazo que impida presentar una reclamación por estas cláusulas frente a la entidad financiera. Estamos, por tanto, ante una acción de nulidad que deja la vía libre a todos aquellos que hayan abonado gastos que no les correspondían, para que puedan recuperar todas las cantidades que les impuso abonar el Banco indebidamente, sin que se pueda limitar en el tiempo los casos que podrían reclamar estas cantidades.

No obstante, según otras corrientes doctrinales determinan que el plazo para reclamar es el de cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo ( año 2015), es decir, dicho plazo finalizaría el 24 de diciembre de 2019; y para aquéllas que hayan sido totalmente abonadas, se podrá proceder a la reclamación, si su total pago se hizo dentro del plazo de los 4 años anteriores al 23 de diciembre de 2015. Por lo tanto, es aconsejable plantear pronto la reclamación.

Déjanos tus datos. Te llamaremos sin compromiso para informarte de manera profesional sobre las posibilidades de tu caso.

 

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