Permisos laborales retribuidos: en qué casos seguiré cobrando
Para comenzar, debemos aclarar que todos los trabajadores tienen derecho a permisos laborales retribuidos para ausentarse de su puesto de trabajo, previo justificación y aviso, por alguno de los motivos que explicaremos a continuación.
Los permisos laborales retribuidos
Según dice el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en su guía laboral, para que los permisos sean efectivos se tendrán que notificar a la empresa con antelación y justificarse posteriormente.
Los permisos laborales retribuidos son los siguientes, sin especificar las horas:
- Matrimonio
- Nacimiento de un hijo
- Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad
- Traslado del domicilio habitual
- Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal/ ejercicio del sufragio activo
- Acudir a exámenes
- Representantes de los trabajadores
- Por búsqueda de empleo
- Desplazamiento temporales
- Permiso retribuido para ir al médico (o en algunos casos llevar a los hijos al médico)
- Ante nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la lactancia de un hijo menos de nueve meses
- Nacimiento de hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados a continuación del parto
- Guarda legal
- Cuidado de menor con cáncer
- Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
- Casos de adopción o acogimiento, o guardia con fines de adopción
- Permiso con reserva de puesto de trabajo para asistencia a curso de formación
- Trabajadora víctima de violencia de género
Los permisos laborales no retribuidos se pueden solicitar si se tiene algún cargo electivo a nivel provincial en organizaciones sindicales, por ejemplo.
Remuneración con permisos laborales retribuidos
La remuneración tienes derecho a tenerla si, previo aviso y justificación, el trabajador ha solicitado ausentarse del trabajo.
Es decir, el salario a percibir será el mismo que sí acudiese a trabajar, esto es, el salario base más complementos.
Con carácter general, no se incluirán las posibles horas extraordinarias que hubiera realizado, pero sí deben de incluir las primas de producción o productividad.
Si sucede que en la remuneración no constan los días en los que te conceden un permiso laboral retribuido, no dude en contactar con nosotros, y desde OP Abogados gestionaremos el procedimiento para que tus derechos sean respetados.